Xalapa, Veracruz, México, a domingo 17 de noviembre de 2024

Resuelve Sala Xalapa impugnaciones de candidaturas municipales en Veracruz

Resuelve Sala Xalapa impugnaciones de candidaturas municipales en Veracruz

, 31 de mayo de 2017

Xalapa, Ver.- En la sesión pública de resolución de este miércoles 31 de mayo del año en curso, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió diversos medios de impugnación relativos con el proceso electoral ordinario 2016-2017 del estado de Veracruz, mediante el cual se llevará a cabo la renovación de los 212 ayuntamientos que integran la citada entidad federativa.

Así, al resolver el juicio ciudadano 497 del presente año, promovido por Ana María Colín Ochoa y Mónica Gómez Campos se confirmó la sentencia de 16 de mayo del año en curso emitida por el Tribunal Electoral de Veracruz, que confirmó la resolución de la Comisión Jurisdiccional Electoral del Partido Acción Nacional (PAN), relacionada con la designación de candidatos a regidores al ayuntamiento de Tlalixcoyan, Veracruz.

Con este resolutivo las actoras no alcanzaron su pretensión de revocar la sentencia impugnada y en consecuencia, ser designadas como candidatas en una mejor posición en la lista de regidores por el principio de representación proporcional, toda vez que el actuar de la Comisión Permanente Nacional se apegó a la facultad discrecional con que cuenta, para evaluar el perfil de los aspirantes a candidatos y designar al que mejor corresponda con la estrategia política de su partido.

Por otro lado, al resolver el juicio ciudadano 504 del presente año, promovido por José Alfredo Ortíz Landa se confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de Veracruz, que confirmó, en lo que fue materia de impugnación, los acuerdos 112 y 113, ambos del presente año, emitidos por el Consejo General del Organismo Público Local Electoral de Veracruz, en relación al registro de Juana Hernández Hernández como candidata a presidenta municipal del PAN en el municipio de Chiconquiaco.

En otro asunto, al resolver el juicio ciudadano 507 del año en curso, promovido por Antonio de Jesús Guillermo, se confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Veracruz, que confirmó el acuerdo del Organismo Público Local Electoral de la citada entidad, por el que se aprobó el registro de María Asunción Candelario Martínez como candidata a presidenta municipal al ayuntamiento de Zaragoza, por del Partido de la Revolución Democrática (PRD), integrante de la coalición “Veracruz, El Cambio Sigue”.

Lo anterior porque, el PRD, precisamente en ejercicio del derecho de autodeterminación, hizo el cambio hacia María Asunción Candelario Martínez, tomando en cuenta que en el municipio de Zaragoza es uno de los de mayor competitividad, por lo que existen posibilidades reales de que dicha ciudadana resulte electa como presidenta municipal.

Por otra parte, al resolver el juicio ciudadano 510 del presente año, promovido por Ernesto Juárez del Ángel, se confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz relativa a los acuerdos emitidos por el Consejo General del Organismo Público Local de la señalada entidad federativa, a través de los cuales se llevó a cabo el registro de Fernando Molina Hernández como candidato del PAN a la presidencia municipal de Pánuco.

Los magistrados federales determinaron lo anterior porque esta Sala Regional ya se había pronunciado al respecto al resolver el diverso juicio ciudadano 457 de este año, y en tal oportunidad se concluyó que la designación de Fernando Molina Hernández es acorde a la normatividad interna del citado instituto político.

En otros asuntos, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 36 de este año, promovido por el PRD, se confirmó el desechamiento de la demanda local decretado por el Tribunal Electoral de Veracruz, que se había enderezado para controvertir el registro de Enrique Romero Aquino como candidato independiente a presidente municipal del ayuntamiento de Camerino Z. Mendoza.

La sentencia confirmó el registro de Romero Aquino, porque el PRD no presentó prueba alguna para acreditar que antes, durante o después del registro, el ciudadano haya ostentado el carácter de dirigente partidista que se le imputaba; pero además, porque de acuerdo a las normas de ese partido político, para ser dirigente estatal es condición estar afiliado, por tanto, al acreditarse que Enrique Romero Aquino dejó su afiliación al PRD antes del registro, existe una presunción legal que no podría ostentar el cargo partidista en ese instituto político.

Relacionado con la candidatura independiente de Enrique Romero Aquino, la Sala Regional Xalapa, al resolver el juicio ciudadano 480 del presente año, confirmó el oficio del Consejo General del Organismo Público Local Electoral de Veracruz, relativo a la imposición de una sanción pecuniaria a dicho candidato independiente por las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención de apoyo ciudadano de los aspirantes al cargo de ayuntamientos, correspondiente al proceso local electoral ordinario 2016-2017 en la referida entidad.

Ello porque, entre otras cuestiones, el candidato no presentó la conciliación bancaria y la tarjeta de firmas; incumplió con la obligación de recibir a través de cheque o transferencia electrónica aportaciones en efectivo superiores a 90 Unidades de Medida y Actualización; y omitió realizar el registro contable de sus operaciones en tiempo real, excediendo los tres días posteriores al periodo de obtención de apoyo ciudadano con los que contaba.

Al resolver el juicio ciudadano 463, promovido por Marjorie Oropeza Núñez, los magistrados federales confirmaron la decisión del Tribunal local de desechar el juicio ciudadano presentado para controvertir el registro de Norma Edith Cuevas Pérez como candidata a presidenta municipal de Agua Dulce postulada por la coalición “Que Resurja Veracruz”, integrada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM); y con ello, dejaron firme la designación de la coalición.

Por otra parte, al resolver el juicio ciudadano 476, promovido por Leticia Castillo Rojas y Mirna Montes Castillo en calidad de aspirantes a candidatas a presidente municipal de Actopan, por el PAN; se confirmó el desechamiento de la demanda determinado por el Tribunal local al ser presentada de manera extemporánea, y con ello se dejó firme la designación de candidatos del PAN.

Al resolver el juicio ciudadano 493, promovido por Luis Ángel Prieto Zaragoza y Juan Carlos Pineda Ruiz, el Pleno de la Sala Regional Xalapa confirmó la sentencia del Tribunal de Veracruz que confirmó el acuerdo del Organismo Público Local Electoral de la referida entidad federativa, que declaró procedente el registro de la planilla de regidores del municipio de Cosoleacaque presentada por el Partido de la Revolución Democrática.

En otro asunto, al resolver el juicio ciudadano 511 de este año, promovido por Sergio Eduardo Urquidi Urdiana, los magistrados de la Sala confirmaron la sentencia del Tribunal local que confirmó los acuerdos 112 y 113 de 2017 del Consejo General del Organismo Publico Electoral de Veracruz, respecto del registro de Zoila Balderas Guzmán como candidata del PRD a presidencia municipal en Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río.

Al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 37, promovido por el Partido de la Revolución Democrática a través de su representante ante el Consejo Municipal del Organismo Público Electoral de Veracruz, la Sala Regional confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral local en el recurso de apelación 40, que desechó la demanda presentada en contra del registro de José Alejandro Montano Guzmán como candidato a presidente municipal de Xalapa por la coalición “Que Resurja Veracruz” integrada por los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México.

Lo anterior, dado que independientemente de que le asistió la razón al promovente respecto de que contaba con legitimación para impugnar el acto del Consejo General, lo cierto es que no controvirtió todas las consideraciones que sustentaban el desechamiento determinado en la instancia local, en específico, la falta de interés jurídico para impugnar el registro de candidatos de otros institutos políticos por presuntas infracciones a su normatividad interna.

En cuanto al juicio ciudadano 505, promovido por Omar Martínez Aranda en su carácter de aspirante a candidato a primer regidor propietario por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) del ayuntamiento de San Andrés Tuxtla; el Pleno de Sala confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de Veracruz en la que se dejo sin efectos la fe de erratas respecto a la sustitución de Irving Marcial Baxin al referido cargo, pues se corroboró que había sido electo por el Consejo Electivo del PRD para ocupar la candidatura de referencia.

Por último, al resolver el juicio ciudadano 508, promovido por Jorge Efrén Avilés Morelos Zaragoza; los magistrados federales confirmaron la resolución emitida por el Tribunal de Veracruz que confirmó la designación de Irack Lizardo Castillo Daza como candidato del PAN a presidente municipal propietario de Perote.

En la sesión pública de resolución de este miércoles 31 de mayo de la presente anualidad, se resolvieron 20 medios de impugnación; de los cuales, 17 fueron juicios ciudadanos y tres juicios de revisión constitucional electoral.