Publican reformas a la Ley de la CNDH
, 23 de abril de 2013
- La Secretaría de Gobernación publicó las adiciones a la legislación en la materia, relacionadas con la asistencia a indígenas y personas con discapacidad
La Secretaría de Gobernación publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación reformas a la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanosrelacionadas con la asistencia a indígenas y personas con discapacidad.
El decreto, enviado por el Congreso de la Unión al presidenteEnrique Peña Nieto y que entrará en vigor mañana, indica que se adiciona una fracción VI al Artículo 19 y se reforma el 29 de la legislación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Con ello, al Artículo 19, referente a las facultades del Consejo Consultivo del organismo, se le adiciona la fracción VI, que indica: “Opinar sobre el proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente”, y se recorre el orden.
Mientras que el Artículo 29 establece que “la Comisión Nacional deberá poner a disposición de los reclamantes formularios que faciliten el trámite, y en todos los casos ejercerá la suplencia en la deficiencia de la queja, para lo cual la Comisión orientará y apoyará a los comparecientes sobre el contenido de su queja o reclamación.
“Las quejas también podrán presentarse oralmente, cuando los comparecientes no puedan escribir o sean menores de edad».
“Tratándose de personas que no hablen o entiendan correctamente el idioma español, o de aquellas pertenecientes a los pueblos o comunidades indígenas que así lo requieran o personas con discapacidad auditiva, se les proporcionará gratuitamente un traductor o intérprete que tenga conocimiento de su lengua y cultura, o en su caso intérprete de lengua de señas mexicanas”, puntualiza