Publicado Decreto Programa de Ordenamiento Vehicular «Por tu Seguridad Actualiza tu Patrimonio 2019»
Javier Salas Hernández, 21 de septiembre de 2019
Xalapa, Ver.- En la Gaceta Oficial del Estado, el gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García Jiménez publicó el Decreto por el que se establece el Programa de Ordenamiento Vehicular “Por tu Seguridad Actualiza tu Patrimonio 2019”.
El Decreto señala que los propietarios de vehículos inscritos en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del servicio privado del Estado de Veracruz, que cuenten con placas de circulación emitidas en el último programa de canje masivo de 2011 y anteriores, que no realizaron el canje de placas en su oportunidad, podrán realizar el cambio de placas por haber finalizado su vigencia como lo establece la Norma Oficial Mexicana de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes: NOM-001-SCT-2-2016.
Las placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral emitida por el Gobierno del Estado, con anterioridad al año 2017, dejarán de ser vigentes a partir del 1 de enero del 2021.
Por lo que los vehículos que portan placas del año 2017 podrán optar por adherirse voluntariamente al Programa o realizarlo hasta que finalice la vigencia de tres años de antigüedad que marca la norma, sin embargo, a partir del 1 de enero de 2021 ya no tendrán vigencia.
Por el canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral, los propietarios de vehículos al corriente en sus contribuciones vehiculares estatales pagarán 509.4 pesos (6 Umas); los propietarios de vehículos cuya unidad o unidades tengan adeudos respecto de contribuciones vehiculares, 1,073 pesos (12,7 Umas) y los propietarios de vehículos que los den de baja del padrón vehicular estatal por inutilidad, pérdida total del automóvil, por siniestro, robo o cambio de Entidad Federativa, 84.49 pesos (1 Uma).
Además, se condona el cien por ciento del pago del Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados (ISAVAU); el Impuesto Adicional para el Fomento a la Educación; la actualización, los recargos y multas de Derechos de Control Vehicular de personas físicas y morales, inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes; la actualización, los recargos y multas de Derechos de Control Vehicular de personas físicas y morales, inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes; los Derechos por reexpedición de tarjeta de circulación por cambios en el Registro de propietario, domicilio, de motor, de color, de uso, de capacidad, de combustible o por error u omisión.
Los beneficios fiscales en materia de registro y control vehicular serán aplicables siempre y cuando el propietario o tenedor del vehículo realice el pago por canje de placas, hasta el 31 de diciembre de 2019.
El Secretario de Finanzas y Planeación deberá emita las reglas de operación correspondientes del Programa antes del 1 de octubre; y tiene la instrucción para que ministre los recursos financieros necesarios para la ejecución y cumplimiento del Programa, de conformidad con la suficiencia presupuestaria en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Con la emisión del Decreto se propone atender a todos aquellos contribuyentes que por diversas circunstancias no han podido cubrir contribuciones por falta de capacidad de pago, para que mediante la regularización de su situación fiscal mejore su productividad al disponer de los recursos de cuyo pago se les libera, circunstancia que tiene repercusiones en la economía del Estado y genera certidumbre jurídica sobre el patrimonio familiar.