Publica DOF reforma para inculcar en niñas, niños y adolescentes respeto al medio ambiente y a los animales
Agencia de Noticias RTV (Cámara de Diputados), 28 de mayo de 2024
Ciudad de México.- El Diario Oficial de la Federación publicó una reforma para inculcar en niñas, niños y adolescentes el respeto al medio ambiente y a los animales, la cual entra en vigor mañana martes 28 de mayo.
El 10 de abril de 2024 el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma y adiciona los artículos 57 y 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de inculcar en las y los menores de edad el respeto al medio ambiente y bienestar de los animales.
En el documento, que fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, se subrayó que la educación deberá inculcar en la niñez y adolescencia el respeto al medio ambiente, así como respeto, cuidado y procuración del bienestar de los animales.
Destacó que el Protocolo de Kioto sobre el cambio climático, de 1998, prevé acciones para evitar la extinción de especies, en las cuales es necesario crear conciencia del problema en las nuevas generaciones; para ello, es fundamental educar a niñas, niños y adolescentes sobre el cuidado del medio ambiente y el uso racional de los recursos no renovables velando por la sustentabilidad del planeta.
En consecuencia, el decreto publicado este día en el DOF es el siguiente:
Decreto. El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos decreta: Se reforman y adicionan los artículos 57 y 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Artículo Único.- Se reforma la fracción XIX del artículo 57 y se adiciona una fracción XI al artículo 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Artículo 57. …
…
…
I. a XVIII. …
XIX. Educar a niñas, niños y adolescentes en el respeto al medio ambiente, inculcando en ellos la adopción de estilos de vida sustentables, así como concientizarlos sobre las causas-efectos del cambio climático;
XX. a XXIII. …
…
Artículo 58. …
I. a VIII. …
IX. Promover el valor de la justicia, de la observancia de la ley y de la igualdad de las personas ante ésta, propiciar la cultura de la legalidad, de la paz, la educación cívica y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones, así como el conocimiento de los derechos humanos y el respeto a los mismos;
X. Difundir los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes y las formas de protección con que cuentan para ejercerlos, e
XI. Inculcar en niñas, niños y adolescentes el respeto al medio ambiente; así como el respeto, cuidado y procuración del bienestar de los animales.
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.