Xalapa, Veracruz, México, a domingo 22 de diciembre de 2024

Proponen prisión preventiva oficiosa a quienes atenten contra el haber de retiro de los trabajadores

Proponen prisión preventiva oficiosa a quienes atenten contra el haber de retiro de los trabajadores

Agencia de Noticias RTV (Cámara de Diputados), 16 de noviembre de 2024

La diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra (Morena) propone reformar el artículo 19 de la Constitución Política, con el objetivo de establecer que el Ministerio Público solicitará prisión preventiva oficiosa en los casos de delitos cometidos por los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro que atenten en contra del haber de retiro de los trabajadores.

 En el documento, turnado a la Comisión de Puntos Constitucionales, la legisladora señala que robar a los trabajadores mexicanos sus ahorros de los que dependen para su jubilación es de los delitos más aberrantes que pueden existir. 

 Refiere que el Sistema de Ahorro para el Retiro administra 6,029,146 millones de pesos que representan 24 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) nacional.

Señala que, de acuerdo con la Consar, el Sistema podría llegar a 9.2 billones de pesos para el 2050, equiparable al 47 por ciento del PIB nacional; se reconoce que su actividad de orden público e interés social requiere de controles más transparentes y estrictos, para garantizar el buen manejo de los ahorros que los trabajadores han acumulado durante su vida productiva.

De esta manera subraya, que al tratarse de un servicio de seguridad social que por su trascendencia para la economía nacional debe ser regulado y vigilado por el Estado, así como para dar coherencia a la propuesta de reforma a la Ley del SAR en materia de haber digno es que se promueve esta iniciativa.

Actualmente el artículo 19 manifiesta que el Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. 

De igual forma, señala que el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones. 

A lo anterior, ahora se propone agregar los “delitos cometidos por los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro que atenten en contra del haber de retiro de los trabajadores”.