Xalapa, Veracruz, México, a domingo 24 de noviembre de 2024

Piden hasta 20 años de cárcel a quien provoque un incendio de manera intencionada en un bosque

Piden hasta 20 años de cárcel a quien provoque un incendio de manera intencionada en un bosque

Agencia de Noticias RTV (Cámara de Diputados), 17 de junio de 2024

Ciudad de México.- El diputado José Antonio García García (Morena) propuso reformar el Código Penal Federal para elevar las sanciones y, con ello, imponer hasta 20 años de cárcel a quien provoque un incendio de manera intencionada en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que dañe elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas o al ambiente.

 La modificación al artículo 420 Bis del Código plantea incrementar las penas a quien ilícitamente provoque dichos incendios, al pasar de dos a diez años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a imponer de diez a veinte años de prisión y por el equivalente de dos mil a cinco mil días multa. 

Asimismo, dichas sanciones se incrementarían a los ilícitos que actualmente ya están establecidos en las fracciones I, II, y III de dicho artículo, los cuales son a quien dañe, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas, esteros o pantanos; dañe arrecifes, introduzca o libere en el medio natural algún ejemplar de flora o fauna exótica que perjudique a un ecosistema, o que dificulte, altere o afecte las especies nativas o migratorias en los ciclos naturales de su reproducción o migración. 

Modifica la fracción IV para precisar que dicha pena se aplicará a quien provoque un incendio “de manera intencionada” en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que dañe elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas o al ambiente.

También se incrementa la pena adicional, al pasar de hasta dos años de prisión y hasta mil días multa adicional, a imponer hasta de cinco años de prisión y hasta mil quinientos días multa adicionales, cuando las conductas descritas en el presente artículo se realicen en o afecten un área natural protegida, o el autor o partícipe del delito previsto en la fracción IV realice la conducta para obtener un lucro o beneficio económico, “o cause daños, lesiones o muerte de algún elemento de protección civil, brigadista o voluntario, que acudiese a combatir el incendio forestal”.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Justicia, menciona que cada año miles de hectáreas de bosques son devoradas por las llamas, dejando a su paso desolación, pérdida de vidas humanas y animales, y un impacto devastador en el ambiente.

Refiere que, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, los incendios forestales no solo causan importantes daños medioambientales, sino también perjuicios sociales y económicos, además del cambio climático, elevación de temperaturas atmosféricas, variabilidad de las pautas de precipitación, sequedad del entorno y cambios en los patrones de los vientos y los rayos han acrecentado el riesgo de dichos incendios.

Dicha organización indica que, por lo general, la actividad humana es el principal factor responsable de que se originen incendios forestales, y a ella se atribuye casi 70 por ciento de la superficie total quemada a nivel mundial. Mientras que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) menciona que 99 por ciento de los incendios forestales son causados por actividades humanas.

Según la Comisión Nacional Forestal, en el último año los incendios forestales en México crecieron 13 por ciento, al pasar de seis mil 719, que afectaron 735 hectáreas en 2022, a siete mil 611 en 2023, que perjudicaron mil 47 hectáreas.

Por ello, la propuesta de reforma busca castigar severamente a quien provoque un incendio forestal y sostener que en México no se tolerará la destrucción de nuestros bosques. “Debemos protegerlos y preservarlos para las generaciones futuras”.