
Ley Federal del Trabajo no especifica pago del quinquenio a trabajadores: Abogado
Enrique Burgos, 2 de julio de 2019
Coatzacoalcos, Ver.- Para el abogado laborista Francisco Hernández Flores, en la Ley Federal del Trabajo no se especifica el pago del quinquenio a los trabajadores, sin embargo, si un sindicato signó una conquista laboral con su patrón, este tendrá que pagarlo.
“No se prevé esa figura jurídica del quinquenio, regularmente esa prestación ha sido conquistas laborales del estado, se regula en trabajadores, digámosles burócratas, que a través de conquistas laborales de condiciones generales de trabajo contrario al ámbito local que son contratos colectivos de trabajo, son conquistas que han pactado el patrón o la dependencia y el sindicato”.
Reiteró que el quinquenio solo puede ser otorgado a los trabajadores de base que hayan cumplido cinco años laborando y que a través de las cláusulas del contrato colectivo de trabajo hayan acordado con la autoridad o empresa.
“Si está pactada por el patrón tiene el deber de pagarla, porque ya ha sido pactada, cada cierto tiempo hay revisión de las condiciones generales o contratos colectivos de trabajo”.
Abundó que cuando se hacen las revisiones del contrato colectivo o condiciones generales de trabajo se debe ser muy específico y cuidadoso en estos temas, incluso se debe contar con datos precisos de fechas y forma de pago de prestaciones como el quinquenio.