Xalapa, Veracruz, México, a domingo 22 de diciembre de 2024

Esclavitud infantil, inaceptable realidad

Esclavitud infantil, inaceptable realidad

Excélsior, 16 de abril de 2013

Hoy 16 de abril diversas organizaciones internacionales hacen un llamado a reflexionar sobre la esclavitud infantil. Ante ello, debe destacarse que en nuestro país hay 3 millones de niñas, niños y adolescentes que trabajan, y que 46% de ellos lo hace sin remuneración. Adicionalmente, la violencia sexual en contra de la infancia sigue siendo muy alta, pues entre 2009 y 2011 se han presentado más de 6 mil 500 denuncias penales por delitos sexuales y de tráfico de niñas y niños

Pese a la existencia de las leyes que tutelan los derechos de la infancia mexicana y de las recientes reformas al marco constitucional en la materia, las condiciones de pobreza y rezago social de millones de niñas y niños mexicanos son persistentes, por lo que viven en situación de vulnerabilidad ante delitos tan graves como la explotación sexual comercial infantil y los trabajos y servicios forzados.

Ante tal escenario, el mayor reto de México en torno a la garantía y protección de los derechos de la infancia mexicana es el relativo a la implementación, la exigencia y el cumplimiento del mandato jurídico que el Estado mexicano ha asumido ante la comunidad internacional y la población nacional.

En ese sentido, cabe señalar que nuestro país ha suscrito diversos tratados internacionales en la materia, tales como la Convención sobre los Derechos del Niño y su Protocolo Facultativo Relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de los Niños en la Pornografía; el Convenio Internacional del Trabajo No. 90, Relativo al Trabajo Nocturno de los Menores en la Industria; y el Convenio Internacional del Trabajo No. 182 sobre la Prohibición de la Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación

Reformas recientes

Asimismo, en el ámbito legislativo federal existen leyes que tutelan los derechos de la infancia, tales como la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley General de Víctimas y la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y la Protección a sus Víctimas.

Aunado a lo anterior, se han concretado tres reformas constitucionales para la protección de los derechos de la infancia mexicana: la primera es la incorporación del Principio del Interés Superior de la Niñez en el Artículo 4º de la Carta Magna, el cual debe ser el parámetro rector en la toma de decisiones políticas fundamentales del Estado mexicano.

En segundo lugar está la reforma relativa al Artículo 1º Constitucional, que establece que todas las disposiciones de nuestro marco jurídico estén armonizadas con los contenidos de las Convenciones, Tratados y Acuerdos Internacionales, y que el Estado diseñe los mecanismos adecuados para su plena garantía.

Finalmente se encuentra la reforma en torno al derecho constitucional a la alimentación y a la seguridad alimentaria, es decir, a la existencia de alimentos sanos e inocuos para toda la población, particularmente para niñas, niños y adolescentes.

Víctimas de la violencia

Debe decirse que en México hay una extendida violencia que se comete en contra de niñas, niños y adolescentes. Una de las más cruentas es la que se expresa en el homicidio. Al respecto, las cifras de INEGI muestran que la mayor cantidad de homicidios, tanto en términos relativos como absolutos, se cometen en contra de la población de 15 a 18 años. En efecto, de acuerdo con la información oficial, entre los años 2001 y 2010 han muerto por homicidio 8 mil 618 adolescentes en ese rango de edad.

En segundo lugar, si se toma como referencia la proporción de muertes por homicidio, respecto del total de decesos en el grupo de edad, se encuentran las niñas y niños de 0 a 4 años, entre quienes se registró el homicidio de mil 794 niñas y niños, destacándose el caso de quienes al momento de morir tenían menos de un año, en el cual se suma un total de 748 casos en el periodo referido.

En tercer sitio se encuentra el grupo de 10 a 14 años, entre quienes la suma de los homicidios llegó, en la década pasada, a mil 642 casos; mientras que el total para el grupo de 5 a 9 años es de 688 homicidios en el periodo considerado.

Explotación sexual comercial

Las cifras oficiales muestran que en el país hay diferencias muy importantes en la forma en que se clasifican y tipifican los delitos cometidos en contra de la niñez, en lo relativo al abuso sexual y otros delitos que pudiesen estar vinculados a formas contemporáneas de esclavitud o de servidumbre.

Desde esta perspectiva, el mencionado contexto generalizado de violencia también se expresa en 27 mil 280 denuncias penales por los delitos de violencia intrafamiliar e incumplir obligaciones de asistencia y convivencia familiar. Este dato implica un promedio de ocho casos al día; empero, si se considera que nueve de cada 10 de estos casos no se denuncian, la magnitud del subregistro es evidentemente mayúscula.

Hay, además de los anteriores, cuatro grupos de tipos penales que concentran la mayoría de las denuncias interpuestas ante el Ministerio Público, lo cual no quiere decir que sean necesariamente los delitos que más se cometen. El primero de esos tipos es el denominado  Corrupción de menores e incapaces, nombre de suyo marcado por elementos discriminatorios, el cual acumula mil 406 denuncias en el ámbito del fuero común, entre los señalados años 2001 y 2010.

En segundo lugar se encuentra el Abandono de Familiares, con mil 375 casos; le sigue el delito de Sustracción y Tráfico de menores de edad e incapaces, con mil 358 denuncias; y el delito de Estupro, con mil 039 casos procesados por el Ministerio Público.

Como puede verse, México es un país con una lamentablemente tolerada violencia que agudiza las condiciones de vulnerabilidad que ponen, a las niñas y los niños, ante el riesgo permanente de ser víctimas de las redes de explotación y trata de personas.

Los niños que trabajan

De acuerdo con el Módulo de Trabajo Infantil del INEGI (MTI, 2011), la población infantil de cinco a 17 años ocupada disminuyó de 2009 a 2011 de 3.2 millones a 3 millones, sin embargo, en ese mismo periodo la participación en las actividades económicas de las niñas y los niños que no asistían a la escuela creció de 44.8% a 46%.

Además, 31.5% del total de niñas y niños trabajadores laboraba más de 35 horas a la semana, siendo éste el rubro que más población infantil concentró, ya que 28.2% trabajaron menos de 15 horas semanales, 15% de 15 a 24 horas, y 7.5% de 25 a 34 horas. Por otra parte, 5.5% de la niñez ocupada trabajaba en lugares no apropiados, como minas, mares, calles y centros nocturnos, entre otros.

La intensidad de la explotación en perjuicio de las niñas y de los niños mexicanos se agrava al observar que de acuerdo con el INEGI (MTI, 2011), de 2009 a 2011 el porcentaje de trabajadores infantiles que no perciben una remuneración a cambio de su labor disminuyó 3.8 puntos porcentuales, sin embargo, el porcentaje de niñas y niños sin remuneración sigue siendo elevado, con 43.8% de ellos en esta condición.

Otro tema preocupante es la inserción de la niñez en el trabajo doméstico y sus repercusiones en el rezago educativo. Según cifras del INEGI, de 2010 a 2012 el número de niñas, niños y adolescentes de 14 a 17 años que trabajaban en el servicio doméstico remunerado creció 11.1%, tras pasar de 164 mil 802 a 183 mil 758, y es importante señalar que 88 de cada 100 personas en este grupo de edad dedicadas al trabajo doméstico pertenecen al sexo femenino.

En este orden de ideas, se encuentra también el trabajo doméstico en la propia casa: 20.2 millones de niñas y niños realizan quehaceres domésticos en su hogar, 11.6% de ellos le destinaron 15 horas o más a la semana y 9.5% no asiste a la escuela, es decir, 1.9 millones.  De acuerdo con el MTI, 2011: “La participación de los niños y las niñas en las actividades domésticas en sus propios hogares es elevada, pero es más alta entre los que no asisten a la escuela”.