Xalapa, Veracruz, México, a viernes 15 de noviembre de 2024

TEV declara inexistencia en actos anticipados de campaña del diputado Amado Cruz Malpica

TEV declara inexistencia en actos anticipados de campaña del diputado Amado Cruz Malpica

Agencia de Noticias RTV (TEV), 21 de octubre de 2020

Xalapa, Ver.- En sesión virtual del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), se declaró que no se actualizan las violaciones relativas a la supuesta promoción personalizada por parte del diputado local Amado Jesús Cruz Malpica, por ende, debe declararse la inexistencia de la violación objeto de la denuncia.

En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, la Magistrada Presidenta y Magistrados, determinaron en el Procedimiento Especial Sancionador, TEV-PES-2/2020 derivado de la queja presentada por el Partido Revolucionario Institucional en contra de Amado Jesús Cruz Malpica, en su calidad de diputado integrante de la LXV Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz, por la supuesta promoción de su imagen.

El Tribunal determinó que no se actualiza el elemento personal, porque no se aprecia que el denunciado tenga el carácter de aspirante, precandidato o candidato algún cargo de elección popular, ni sea dirigente de algún partido político, máxime que actualmente no está en curso ningún proceso electoral para la renovación de algún cargo de elección popular.

Asimismo, no se actualiza el elemento subjetivo de llamar a votar a favor o en contra de una candidatura o partido, porque los mensajes certificados por la autoridad administrativa, tienen como finalidad una acción de prevención ante la actual contingencia sanitaria.

Por cuanto hace al elemento temporal, tampoco se actualiza, toda vez que la difusión de los mensajes no se enmarca dentro de algún proceso electoral y por tales motivos, no se acreditan los actos anticipados de precampaña o campaña, por lo tanto, no se acredita alguna infracción cometida por el Diputado Local.

Referente al tema sobre el interés superior de la niñez en materia electoral, debe mencionarse que la autoridad administrativa requirió al Diputado el permiso de sus padres para dicha publicación, por lo que la imagen de la menor al ser tomada de una librería de internet no se puede tener referencias sobre su nombre u origen, tampoco de sus progenitores, por lo que no existe la conducta denunciada.